Secretaría Departamental de Salud del Cauca

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Área de Prestación de Servicios de Salud

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Área  Prestación de Servicios de Salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidio a la demanda y demás poblaciones especiales del Departamento del Cauca.

1.    Planificación organización y funcionamiento de la prestación de los servicios de salud
2.    Gestión del centro regulador de servicios (ambulatorio y CRUE)

OBJETIVO:

Gestionar y garantizar la prestación de servicios de salud con calidad por niveles de atención a la población pobre no cubierta con subsidios a la demanda y demás poblaciones especiales del Departamento del Cauca.

Objetivo:

  • Gestionar y garantizar la prestación de servicios de salud con calidad por niveles de atención a la población asignada.
  • Usuario:
  • Se define como población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, las siguientes personas o grupos poblacionales:
  • Personas sin capacidad de pago clasificada por el SISBEN de su municipio en los niveles I, II y III de pobreza y excluida del Régimen Subsidiado.
  • Personas que requieren atención en salud para eventos no cubiertos por el POS –S.
  • Personas que requieren atención en salud para eventos no cubiertos por el POS del Régimen contributivo y que demuestren estar catalogados en el SISBEN de su municipio en los niveles I, II y III de pobreza.
  • Las definidas como poblaciones especiales: Población infantil abandonada, población indigente, población desplazada, comunidades indígenas, población desmovilizada, tercera edad en protección de ancianatos, afectada de patologías mentales, victimas de violencia y eventos catastróficos, cuando sea competencia de la Secretaria de Salud.

Normatividad:

Constitución Política de Colombia, artículos 48, 49; Ley 09 de 1979; Ley 10 de 1990; Ley 80 de 1993; Decreto 786 de 1990 artículos 6 y 7; Decreto 2759 de 1991¸Ley 100 de 1993 Acuerdos 008, 117, 22, articulo 157 literal b; Decreto 806 de 1998 artículos 31, 32, 33  Ley 715 de 2001, artículos 43.2.1 y 43.2.2; Resolución 5261 de 1994; Decreto 723 de 1997, Acuerdos: 228, 236, 244, 282, 306 del CNSSS; Resolución 412 de 2000, 3374, y 3384 de 2000 del MPS y anexos técnicos; Resolución 5261 de 1994; Decreto 1171 de 1997; Decreto 608 de 2005; Decreto 046 de 2000; Decreto 1281 de 2002; Decreto 2170 de 2002; Decreto 050 de 2003; Decreto 3260 de 2004; Decreto 608 de 2005; Ley 1122 del 9 de enero de 2007; Decreto 4747 de 2007; Circular externa 0019 del  27 de marzo de 2007

 

Productos: Profesional Especializado – Médico

  • Informe presentado en el primer trimestre de cada año, sobre la contratación para la  prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda.
  • Informe trimestral y anual de seguimiento y evaluación a indicadores de cobertura, costos y calidad en la prestación de servicios de salud.
  • Informe trimestral y anual de inspección y vigilancia a la interventoría y auditoría de prestación de  servicios de salud.
  • Informe trimestral y anual de seguimiento y cumplimiento de las actividades y metas contratadas, para la prestación de servicios de salud a la población pobre no asegurada y demás poblaciones especiales.
  • Informe semestral y anual de los ajustes y seguimiento al documento prestación servicios de salud a la población vinculada y demás poblaciones especiales.

Actividades: Profesional Especializado – Médica Maria Fernanda Muñoz e-mail: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

  • Asesoría, y asistencia técnica de las normas y políticas en salud, del orden nacional y/o  departamental, a los actores del SGSSS, referentes a los procesos de competencia de su área.
  • Coordinación de los procesos administrativos para la prestación de los servicios de salud, en donde se incluirán aspectos como: identificación de  fuentes de financiación por cada grupo poblacional a atender, proveedores, portafolios de servicios, estudio de costos, tarifas, captura, generación, transferencia y análisis de la información recibida.
  • Aplicar instrumentos e indicadores de evaluación y seguimiento de la cobertura, costos y calidad de la prestación de los servicios de salud contratados.
  • Elaboración y envío al Ministerio de la Protección Social del listado de servicios no ofertados por la red pública o que existiendo la oferta del servicio esta sea insuficiente, para la aprobación de la contratación con la red privada.
  • Elaboración del proyecto de inversión en metodología MGA ajustada, para red pública y complementaria, para ser registrada en Secretaria de Planeación Departamental, de acuerdo a las normas vigentes.
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