Con el propósito de promover acciones que favorezcan el goce efectivo de los derechos de las personas mayores, la Secretaría de Salud Departamental del Cauca, acompaña a los municipios por medio de acciones de asistencia técnica en terreno a las alcaldías y a los profesionales que se encargan del manejo del programa de adulto mayor donde se da a conocer la normatividad vigente. Entre otros, se asiste a los municipios en la adecuada ejecución de los recursos de estampilla, en la verificación de la operativización de comités municipales, además de la realización de cursos de humanización enfocados en el curso de vida de vejez a los actores del sistema de salud.
En días pasados y en articulación con la oficina de Gestión Social y Poblaciones Vulnerables, el ente de salud departamental, velando por el adecuado funcionamiento de los centros día y centros de protección de las personas mayores, con el fin de direccionar una atención integral de esta población y poder realizar el giro de recursos de la estampilla Departamental a los municipios que hacen cumplimiento con lo requerido en la norma de acuerdo con la normatividad vigente (Ley 1276/2009, Ley 1315/2009, Resolución 024/2017 y 055/2018), brindaron una asistencia técnica para socializar lineamientos, orientaciones técnicas y entrega de formatos departamentales a los Secretarios de Salud Municipales y encargados del programa de adulto mayor de los municipios.
Lo anterior, se realiza con el propósito de establecer y unificar criterios que regulen la oferta y garanticen una mejor calidad, eficiencia y oportunidad en la prestación de los servicios de atención, promoción y protección social por parte de los centros de bienestar hacía la población de 60 y más años. Como elemento importante, se pretende apoyar a los municipios en definir los servicios que se deben prestar con los recursos provenientes de la estampilla para el bienestar del adulto mayor recaudados según lo establecido por medio de la ordenanza departamental N° 148 de 2017 y posteriormente poder realizar los giros por el Departamento en virtud del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1276 de 2009 – Articulo 11 “Servicios mínimos ofertados por los centros de bienestar”, Ley 1315 de 2009 - Artículo 4° “Autorización de servicios para los centros de bienestar”, Resolución 024 de 2017, Resolución 055 de 2018 (anexo técnico); y que esto a su vez sea también aplicable a los recursos recaudados por concepto de estampilla a nivel municipal.
La administración departamental comprometida con el adulto mayor
En Colombia y en el Departamento del Cauca, según DANE el 11% de la población pertenece al grupo de los adultos mayores. Según establecieron los acuerdos internacionales y los fundamentos de la Constitución Política de Colombia, es deber del Estado y la sociedad civil atender y proteger a las personas que se encuentran en el curso de vida de la vejez, por este motivo en el territorio colombiano existe un compendio de normas desde las cuales se busca promover la atención integral y humanizada de los adultos mayores tanto en la vida en sociedad como los que encuentran en los centros de bienestar.
El compromiso del Gobierno Departamental se ve plasmado en la inversión que se realiza a través de los Planes Departamentales de Intervenciones Colectivas en los territorios que promueven el fortalecimiento de estilos de vida saludable en la población adulto mayor, en brindar orientaciones para la implementación de políticas públicas municipales efectivas en favor de esta población, en la entrega de suplementos nutricionales a los grupos de adulto mayor conformados y en la dinamización del comité departamental y los comités municipales del adulto mayor para concertar acciones en favor de ellos.