centro de relevo

Anuncio pasa las fiestas sin polvora

Activación de los planes de contingencia y emergencia

La Gobernación del Cauca- Secretaría Departamental de Salud, a través del Centro Regulador de Urgencias, Emergencias y Desastres CRUE Cauca, con el propósito de garantizar la adecuada prestación de servicios de salud de la población, teniendo en cuenta el encuentro de la Minga Indígena, convocatoria hecha por el Congreso de los pueblos y organizaciones Indígenas, que se llevará a cabo del 12 de octubre de 2014, en el Resguardo de la María Piendamó, ha decidido declarar alerta verde en la red hospitalaria pública y privada del Departamento del Cauca.

Desde el ente de salud departamental se ha emitido una circular dirigida no solo a la Red Hospitalaria Pública y Privada, si no también a EPS, a Secretarías de Salud Municipales y Organismos de Socorro; requiriendo el cumplimiento de las siguientes disposiciones:  

  • Activar los planes de contingencia y los planes de emergencia de la Red Hospitalaria pública y privada, así mismo la articulación con los diferentes aseguradores.
  • Articulación permanente con el CRUE a través del sistema de comunicación. Informar de la evolución e indicaciones durante la alerta
  • Articular a través del CRUE Cauca la intervención interinstitucional e intersectorial del sistema de referencia y el traslado de pacientes de acuerdo a la clasificación del Triage Médico  
  • Tener abastecimiento en: oxígeno, combustible, medicamentos e insumos, hemoderivados y desactivación para los residuos hospitalarios, residuos peligrosos.
  • Articulación con CRUE Cauca para el reporte y seguimiento del desplazamiento del personal y trasporte sanitario en el tema de Misión Médica.

La Secretaria Departamental de Salud coordinará la respuesta a los eventos a través de las siguientes líneas de comunicación.

CELULAR

FIJO

AVANTEL

RADIO VHF

RADIO HF

321 812 8623

8 205488

1130

TX: 157.215

9.351

321 700 5336

8 205390

1045

RX: 148.850

 

321 700 5338

       
 

Tele - Fax. 8 205366

     

 

Proyectó: C.S María Alejandra Cisneros – Oficina de Comunicaciones

Articulación en la Mesa Intersectorial de Salud

ninos

En la jornada se trataron temas cruciales como:“Debe haber un cambio en la actitud de los actores del sistema de salud frente a la resolución de las necesidades en la prestación de servicios de salud para los niños y niñas en el Cauca” indicó el Secretario Departamental de Salud del Cauca, Duban Ely Quintero Muñoz, como conclusión de su participación en la Mesa Intersectorial de Salud coordinada por el ICBF regional Cauca, con el propósito de hacer un llamado de atención para que se disminuya significativamente la morbi-mortalidad en la población infantil, haciendo énfasis en los territorios de difícil acceso geográfico de la zona.

  • Respeto de los derechos de los niños y niñas. Estos deben prevalecer sobre los demás
  • Brindar una atención integral y humana
  • Disminuir barreras para atención de los usuarios, para que esta sea oportuna y de calidad
  • Fortalecer el aseguramiento de la población infantil al sistema general de seguridad social en salud (régimen contributivo y subsidiado)

La representación en esta mesa de la Gobernación del Cauca, a través del Secretario de Salud permite un articulación institucional, para que este proceso sea respaldado desde todos los frentes de la sociedad “Debemos tener una actitud crítica frente a la violencia en contra de los niños y niñas, para lo cual se deben fortalecer las relaciones intrafamiliares y tener una ruta contundente de atención para cuando se necesite hacer uso de ella” expresó Dubán Ely Quintero Muñoz.

En la mesa entre otros temas se trataron con mayor énfasis la problemática de los embarazos en adolescentes y su incremento en todo el país y la acción desde el ICBF para tratar casos de drogadicción, discapacidad y/u orfandad.

 

Ésta Mesa de Trabajo Intersectorial pretende ser una herramienta para la gestión de Políticas Públicas, que fomenten la inclusión social, la creación de redes sociales, que genere participación comunitaria y haya una relación integrada, consciente e interactiva por la salud, bienestar y calidad de vida de niños y niñas en el Cauca.  

 

Fotografía: Felipe Castillo / @kaxtillo

Proyectó: C.S María Alejandra Cisneros – Oficina de Comunicaciones

Trabajo articulado con el Proyecto Malaria Colombia

MalariaCon el objetivo de disminuir significativamente la trasmisión del paludismo en el barrio Santa Mónica, sector de la cabecera municipal de Guapi, que históricamente ha aportado aproximadamente el 40 por ciento de los casos de malaria urbana de este municipio, en gran medida debido a dos lagos de agua pluvial estancada ubicados en el Hogar Mónica, los cuales dentro de sus mediciones entomológicas han sido positivos para larvas de Anopheles albimanus (mosquito trasmisor del paludismo); el Proyecto Malaria Colombia – Receptor Principal Fonade aprobó la propuesta presentada por el Programa de Enfermedades Trasmitidas por Vectores de la Gobernación del Cauca-Secretaría Departamental de Salud para realizar el drenaje y desbroce de estos lagos.

De acuerdo a los estudios sociales existen antecedentes que la mayoría de los niños y adultos mayores de la zona que han pasado por el hogar  Mónica, alguna vez han sido afectados por la Malaria, sin estos haber salido del hogar más que a su propia escuela en horas diurnas, razón por la cual y considerando la extensión y el número de criaderos en el Hogar Santa Mónica, se había recomendado a los directivos del hogar, que se iniciara el drenaje de dos cuerpos de agua situados al interior del hogar, la limpieza y desbroce de márgenes de los criaderos.

Dentro de las medidas de manejo del ambiente para reducir la densidad de los mosquitos transmisores de la malaria, se encuentra cualquier transformación física de la tierra, el agua o la vegetación de los habitas de cría de los vectores de malaria para prevenir o eliminar, en forma permanente o largo plazo, su desarrollo.

Este tipo de acciones de intervención, hacen parte de la estrategia de Atención Primaria en Salud Ambiental y que seguirán fortaleciéndose en los municipios endémicos del todo el departamento, en procura del bienestar de toda la comunidad caucana.

Glosario términos

  • Pluvial: aguas lluvias
  • Desbroce: Limpieza
  • Habitas: Lugar de se habita o se vive

Proyectó: C.S María Alejandra Cisneros – Oficina de Comunicaciones

El pronunciamiento fue emitido por la Sala de Decisión 004 del Tribunal Administrativo de Bolívar, ante una tutela presentada por padres de 11  menores de este municipio con síntomas cuya causa sigue siendo objeto de estudio.

El Tribunal Administrativo de Bolívar, a través de su Sala de Decisión 004, se abstuvo de tutelar los derechos de 11 menores de edad que presentaron sintomatología en principio asociada a la aplicación de la vacuna contra el virus del papiloma humano (VPH).

En su sentencia, la Sala determinó que no se encontró insuficiencia, inoportunidad o negligencia alguna por parte de la Empresa Social del Estado (ESE) Hospital Nuestra Señora del Carmen en la atención de las menores cuando presentaron la sintomatología reseñada; así como tampoco se pudo establecer que las causas de la alteración de su salud fue consecuencia de la vacunación contra el VPH.

En su análisis, también dijo que si bien la sintomatología presentada por las menores afectadas coincide con algunos efectos adversos posteriores esperados a la aplicación de la vacuna en mención, ese solo hecho no permite dar por cierto que dicho biológico sea la causa de la sintomatología presentada.

Además, el Tribunal reconoce que el Ministerio de Salud ha liderado programas de prevención (entre ellos de vacunación) con apoyo de la Gobernación de Bolívar, a un nivel departamental a través de la secretaría de Salud Departamental, y a nivel Municipal, la Alcaldía por intermedio de la secretaría de Salud del municipio.

Considera que el Hospital Nuestra Señora del Carmen ha garantizado la prestación oportuna de los servicios de salud a las afectadas, las cuales accedieron a los mismos de manera eficaz y fueron atendidas oportunamente de acuerdo a los síntomas consultados, conforme quedó probado en los informes que resumen el historial clínico allegados al expediente, hasta que superaron la sintomatología presentada y fueron dadas de alta.

Advierte que en la actualidad las menores afectadas no se encuentran hospitalizadas por cuanto superaron la sintomatología presentada y fueron dadas de alta, razón por la cual no es procedente mediante la acción de tutela reconocer gastos de transporte, alimentación o alojamiento si las afecciones se superaron; así como tampoco procedería el reconocimiento de reembolso de suma alguna, por cuanto no existe prueba dentro del expediente que acredite que las accionantes incurrieron en ese tipo de gastos.

La Sala advierte que es necesario que la investigación adelantada por las entidades competentes, entre ellas el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud (INS), el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) y las secretarías de salud departamental de Bolívar y municipal de El Carmen de Bolívar, mediante los profesionales especializados para ello, determine si se cumplieron los protocolos de custodia de la vacuna contra el VPH aplicadas a las menores accionantes.

Dichas entidades también deben realizar un seguimiento clínico y acompañamiento socioeconómico y psicológico a las accionantes, con el fin de lograr el restablecimiento completo de sus condiciones de salud, si la sintomatología persiste.

Finalmente, el Tribunal determinó que dichas entidades deben continuar con las indagaciones científicas pertinentes, a fin de establecer las causas de la sintomatología presentada por las menores.

Oficina Asesora de Comunicaciones

Ministerio de Salud y Protección Social

Incumplimiento normativo de establecimientos farmacéuticos, que no cuentan con Resolución de Apertura y Funcionamiento

Medicamentos

La Gobernación del Cauca-Secretaría Departamental de Salud, a través de la Oficina Control de Medicamentos y Fondo Rotatorio de Estupefacientes, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 09 de 1979, Ley 715 de 2001, Decreto 2200 de 2005, Resolución 1478 de 2006 y la Resolución 1403 de 2007, ha intensificado las acciones de inspección, vigilancia y control en establecimientos farmacéuticos minoristas y mayoristas ubicados en los 42 municipios del Departamento, llevando a cabo el decomiso de un importante volumen de medicamentos y dispositivos médicos vencidos, medicamentos de uso institucional, medicamentos de control especial franja violeta y monopolio del estado, medicamentos fraudulentos y/o alterados que no cuentan con registro sanitario INVIMA,  productos con registro sanitario vencidos o inexistentes que ponen en riesgo la Salud pública.

Cabe mencionar que las acciones adelantadas por la entidad, obedecen al incumplimiento normativo que han venido realizando diferentes establecimientos farmacéuticos que no cuentan con Resolución de Apertura y Funcionamiento, así como la autorización para el manejo de medicamentos de control especial franja violeta y/o sin contratos suscritos con las Empresas Promotoras de Salud que les permite la adquisición y dispensación de medicamentos de Uso Institucional.

“Se le solicita a la comunidad Caucana realizar las compras de medicamentos y dispositivos médicos en droguerías autorizadas, verificando que ésta cuente con la Resolución de Apertura y Funcionamiento exclusivamente otorgada por la Secretaría Departamental de Salud. Resolución que le permite llevar a cabo procesos farmacéuticos tales como: adquisición, almacenamiento y venta al por menor; además identificar el título del director técnico (farmacéutico acreditado y certificado); los documentos antes mencionados deben estar ubicados en un lugar visible dentro del establecimiento y de acceso al público” indicó la profesional Silvia Espitia Vergara de la Oficina control de medicamentos de la entidad territorial de salud.

Se hace un llamado en general a la población caucana, para que instauren las denuncias formalmente en la Secretaría Departamental de Salud, cuando observen cualquier tipo de anomalía o inconsistencia en los productos farmacéuticos que adquieran o les sean dispensados, con el fin de adelantar las investigaciones administrativas  que acarrearían  sanciones pecuniarias y clausuras de los establecimientos a los que haya lugar.

Proyectó: María Alejandra Cisneros – Oficina Comunicaciones